Un comentario sobre “Tarjetas de aparcamiento para discapacitados. Así es como ha cambiado la normativa que las regula”
Jordi escribió:
30/12/2014 en 17:48
Como se puede comprobar, y ya era hora, se reglamenta lo que ya venía establecido por la legislación europea desde 1994, que de nuevo recuerdo «toda legislación europea es de obligado cumplimiento por los Estados miembros».
Es decir, por fin se «aclaran los conceptos» a los que por sus actos identificaríamos como «más papistas que el Papa», supuestos profesionales que pretendían interpretar la ley a su antojo, y que decían sin complejos, contraviniendo lo establecido desde 1994, que sin la señal de prohibido aparcar no se podía ni denunciar ni retirar con grua el vehículo infractor.
En el art. 7.1.a) se identifica la SEÑAL DE SILLA DE RUEDAS, por si sola, (como ya establecía la norma europea), la que establece la zona reservada, sin la «supuesta» necesidad de ninguna más… acabando con la incertidumbre que los supuestos eruditos, han arrojado durante años.
Y recordar de nuevo que caso de no actuar, con sanción más retirada, del vehículo infractor, es el policía quien INFRINGE LA LEY.
Fdo. Un discapacitado informado.
30/12/2014 en 17:48
Como se puede comprobar, y ya era hora, se reglamenta lo que ya venía establecido por la legislación europea desde 1994, que de nuevo recuerdo «toda legislación europea es de obligado cumplimiento por los Estados miembros».
Es decir, por fin se «aclaran los conceptos» a los que por sus actos identificaríamos como «más papistas que el Papa», supuestos profesionales que pretendían interpretar la ley a su antojo, y que decían sin complejos, contraviniendo lo establecido desde 1994, que sin la señal de prohibido aparcar no se podía ni denunciar ni retirar con grua el vehículo infractor.
En el art. 7.1.a) se identifica la SEÑAL DE SILLA DE RUEDAS, por si sola, (como ya establecía la norma europea), la que establece la zona reservada, sin la «supuesta» necesidad de ninguna más… acabando con la incertidumbre que los supuestos eruditos, han arrojado durante años.
Y recordar de nuevo que caso de no actuar, con sanción más retirada, del vehículo infractor, es el policía quien INFRINGE LA LEY.
Fdo. Un discapacitado informado.