Día: 26/12/2013
Tres detenidos por robar cobre en la Plaza de Toros de Lucena causando más de 20.000 euros en daños
La Guardia Civil, en colaboración con la Policía Local de Lucena (Córdoba), ha detenido en dicha localidad a tres vecinos de la misma, de edades comprendidas entre los 20 y los 31 años de edad, como supuestos autores de un delito de robo con fuerza en las cosas, por robar el cableado eléctrico y las tuberías de cobre de la Plaza de Toros, donde han provocado daños valorados en más de 20.000 euros.
Según ha informado el Instituto Armado en un comunicado, la Guardia Civil, dentro del marco de los servicios de inspección que se están llevando a efecto en chatarrerías y centros de reciclaje de la provincia, observó en uno de estos establecimientos, ubicado en Benamejí, que habían entrado tres partidas de cable y tubos de cobre que les resultaron sospechosas, por lo que procedieron a su intervención cautelar hasta que se determinase su procedencia.
Las primeras gestiones permitieron saber que las entregas habían sido efectuadas por tres vecinos de Lucena, que habían llegado al establecimiento en el mismo vehículo, hecho éste que se sumaba a que en fechas recientes se había cometido un robo de cable y tuberías de cobre de la Plaza de Toros de Lucena, estando valorados los materiales sustraídos y los daños causados en más de 20.000 euros.
La inspección ocular practicada en la Plaza de Toros de Lucena permitió comprobar que las características, tanto el cable, como las de las tuberías de cobre intervenidas, coincidían en sus marcas con las sustraídas.
Ante ello, se estableció un dispositivo de servicio orientado a la identificación y localización de los sospechosos, dispositivo que permitió la detención de los tres, como supuestos autores de un delito de robo con fuerza en las cosas. Las diligencias instruidas y los detenidos han sido puestos a disposición de la autoridad judicial.
Esquema de informe pericial
En los distintos textos sobre esta materia se proponen diversos esquemas básicos para redactar un informe pericial. Recogemos aquí un modelo propuesto por Cabrera y Fuertes en 1997 y modificado con las orientaciones de Arrechederra Aranzadi (2001).
INFORME PERICIAL -PSIQUIÁTRICO
I- INTRODUCCIÓN:
FILIACIÓN DEL PERITO (Títulos académicos y profesionales)
FILIACIÓN DEL PERITADO (nombre, edad, profesión, lugar de nacimiento y de residencia) y a instancia de quien se realiza el peritaje (de oficio o de parte)
MOTIVO del informe, preguntas que se hacen al perito.
FUENTES de información utilizadas
LUGAR donde se realiza el informe y TIEMPO dedicado a la exploración
II- PARTE EXPOSITIVA: consta básicamente de los siguientes apartados:
ANTECEDENTES CLÍNICOS PERSONALES
ANTECEDENTES CLÍNICOS FAMILIARES
HÁBITOS TÓXICOS
PSICOBIOGRAFÍA
ENFERMEDAD ACTUAL
EXPLORACIONES REALIZADAS
Psicopatológica
Test psicodiagnósticos
Exploraciones analíticas y pruebas complementarias
Electrofisiológicas
Otras
ENTREVISTAS CON FAMILIA, PAREJA, ETC.
III- PARTE REFLEXIVA
CONSIDERACIONES CLÍNICAS Y DIAGNÓSTICAS
CONSIDERACIONES PSIQUIÁTRICO-LEGALES
IV- CONCLUSIONES
FECHA Y FIRMA
V-ANEXOS (documentos utilizados de especial relevancia para apoyar el informe)
“Al emitir el dictamen, todo perito deberá manifestar bajo juramento o promesa de decir verdad que ha actuado, y en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliese su deber como perito” (Ley 1/2000, LEC, Art.335.2 en España)
Calidad del peritaje forense
Se basa en condiciones claves que tendría que reunir un peritaje para resistir críticas y ataques por parte de otros expertos o incluso por otras partes en el proceso, dado que el informe pericial es un documento legal disponible a la impugnación. Estas condiciones son:
1º.-La calidad, preparación y cualificación del perito: no se valorará igual el primer informe hecho por un psiquiatra, que el de un médico forense que el de un psiquiatra experto en Psiquiatría Legal.
2º.-La comprensibilidad y profundidad del examen: Los conceptos técnicos deben ir explicados. A la exploración y recogida de datos hay que dedicarle muchas horas (es frecuente que se pregunte sobre el tiempo que se le ha dedicado a la exploración si no ha quedado reflejado en el informe)
3º.-La calidad del argumento científico. Es necesario utilizar los criterios diagnósticos internacionalmente admitidos como son los de la Clasificación Internacional de Enfermedades de la Organización Mundial de la Salud (CÍE 10) o los de la Asociación Americana de Psiquiatría (DSM-IV)
4º.-La opinión médico-legal: en cuanto a quedar bien argumentada la relación – o no- de la psicopatología del sujeto con el acto delictivo que se está juzgando.
CSIF anuncia que la Justicia da la razón a la Policía Local
El Ayuntamiento de Los Barrios tendrá que reconocer el derecho a los policías locales a ser retribuidos por la prestación del trabajo a turnos, desde el mes de mayo de 2011, a la vista de los parámetros que se fijen en la RPT, una vez aprobada definitivamente.
En el año 2011, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) denunció las irregularidades de la hoja de ruta del alcalde de Los Barrios, Jorge Romero. “Previamente intentamos negociar la singularidad específica en cuanto a la prestación del trabajo a turnos, que consecuentemente debía tener un reflejo retributivo, pero la tozudez del actual Gobierno y su forma de actuar de forma unilateral hicieron imposible llegar a un acuerdo y no quedó otra opción que acudir a la vía judicial”.
Tras dos años y casi seis meses en el Gobierno Barreño, en los cuales se han centrado en pisotear derechos y tratar a los trabajadores como –lacayos-, es la Justicia la que ahora repone uno de los derechos arrebatados por el Partido Andalucista a la clase obrera, dice la central sindical.
En varias sentencias de 23 de diciembre de 2013, en las que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 15 días hábiles, la justicia da la razón a la Policía Local.
Desde CSIF “no entendemos la forma de actuar del Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Los Barrios, el cual se empeñan en hacer lo contrario que establecen las leyes, ya que observamos una absoluta falta de intención de aprobar a través del Pleno de la Corporación, la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), a sabiendas de su obligatoriedad según lo establecido en el artículo 74 del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 90 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, etc”.
Desde CSIF Los Barrios, pide al Equipo de Gobierno que tome nota de otros Ayuntamientos que tienen consensuadas y aprobadas en Pleno las Relaciones de Puestos de Trabajo y los Convenios, como por ejemplo el de Algeciras, San Roque o el Ayuntamiento de La Línea, el cual ha anunciado que próximamente elevará a pleno la RPT.
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