Día: 21/05/2013

Apuesta por el casco para ciclistas

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Una veintena de asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, aseguradoras, clubes de automovilistas y entidades dedicadas a la seguridad vial han apoyado la propuesta de Tráfico para obligar a los ciclistas a usar casco en ciudad para «salvar una sola vida o evitar una lesión cerebral».

Ante estos datos, una veintena de asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, aseguradoras, clubes de automovilistas y fundaciones dedicadas a la seguridad vial han decidido aunar esfuerzos para apostar por la obligatoriedad del uso del casco en ciudad, que la Dirección General de Tráfico (DGT) quiere incluir en el nuevo Reglamento General de Conductores.

El casco ciclista evita 2 de cada 3 lesiones graves en la cabeza y el cerebro, según estudios de la Fundación Mapfre, que demuestran que el 69 por ciento de los accidentes con bicicleta se produce en zona urbana y hasta en un 19 por ciento de los casos no hay otro vehículo implicado, sino que se deben a una pérdida de control de la bicicleta, a un bache o al cruce de peatón.

Apuesta por el casco para ciclistas

Diversas asociaciones y colectivos apoyan, como la DGT, el uso del casco ciclista en ciudad.

Estos colectivos consideran que evitar solo una lesión en la cabeza o el cerebro por el hecho de llevar un casco al montar en bicicleta, merece la pena y debe contar con el apoyo de todos.

Instrumento fundamental

Según un estudio de la Fundación Comisariado Europeo del Automóvil (CEA), el 79,93 por ciento de los encuestados cree que el casco es un instrumento fundamental para minimizar riesgos en caso de accidente y, por tanto, casi 8 de cada 10 participantes reclama la obligatoriedad de su uso en vías urbanas.

El presidente de la Asociación Estatal de Víctimas de Accidentes de Tráfico DIA, Francisco Canes, ha considerado que el uso del casco es necesario y debe ser obligatorio, al igual que se debesancionar a los vehículos que creen riesgos para los demás.

«Los ayuntamientos deben proteger a los ciclistas haciendo viable que transiten por las vías normales y sancionando a los demás vehículos que conducen de forma agresiva poniéndoles en peligro», ha apuntado Canes, que ha cuestionado la oposición del PSOE a esta medida que viene de la etapa del anterior director general de Tráfico, Pere Navarro. También sucede con algunos otros colectivos ciclistas.

Entre las entidades que respaldan la propuesta de Tráfico, figuran la Asociación de Prevención y de Víctimas de Accidentes (Aesleme), la Asociación de Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos (Aspaym), la Asociación Estatal de Víctimas de Accidentes (DIA), la Federación de Asociaciones de Daño Cerebral (Fedace), la Asociación Española de Prevención de Accidentes de Tráfico (PAT), Predif y Stop Accidentes.

http://www.abc.es/motor-reportajes/20130521/abci-apuesta-casco-para-ciclistas-201305181358.html

Criminologia: ¿QUÉ ES LA CRIMINOLOGÍA o LA FUNCIÓN DE UN CRIMINÓLOGO? (audio sobre criminología de Radio Sapiens)

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Os dejo enlace a esta página que incluye un programa de radio de la emisora Radio Sapiens, de la cuál os dejo más detalles. Espero que os guste y os recomiendo dicha página.

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Para el primer programa de Crimen y Criminólogo habíamos pensado que podíamos hablaros sobre qué es la Cri minología o la función de un Criminólogo. Entonces, en ese momento, se nos ocurrió que mejor que nosotros, podía contarlo uno de los grandes referentes contemporáneos a nivel nacional e internacional de la Criminología, el Profesor Vicente Garrido.

Y por si esto fuera poco, actualidad, asesinos, desaparecidos y un poco de música muy ligada al mundo criminológico. ¡No os lo perdáis!

http://www.radiosapiens.es/news/psiquiatria/

ENLACE AL PROGRAMA AQUÍ:

http://www.ivoox.com/criminologia-que-es-la-criminologia-o-la-funcion-audios-mp3_rf_2055728_1.html

Alumnos de Magisterio reciben una ponencia sobre educación vial. Los Barrios-Cádiz

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El Grupo Operativo de Apoyo y Prevención de la Policía Local de Los Barrios ha impartido una ponencia sobre educación vial en infantil y primaria a los alumnos de la Escuela Universitaria de Magisterio Virgen de Europa de La Línea.

Esta ponencia ha reflejado que una seguridad vial óptima debe empezar desde la  infancia, y debe ser abordada desde todas las vertientes existentes,  principalmente desde la familia (primer eslabón de la cadena educativa) y  desde los Centros Educativos.

Los policías también han destacado en su intervención que  no sólo se hace fundamental instruir a los niños, sino también a los progenitores y a los docentes para conseguir un aprendizaje significativo desde la niñez, que  desencadene en una mayor seguridad vial del futuro de nuestra sociedad.

los barrios magiterio vial

Para los miembros del GOAP, hay que tener en cuenta que la Educación Vial es una asignatura transversal que va pidiendo paso poco a poco.

Esta jornada, pionera y a la vez instructiva, ha servido para mostrar a los futuros profesores de esta escuela la importancia de la Educación Vial desde la perspectiva Policial.

Durante la ponencia, los alumnos aprendieron como abordar esta  asignatura, como elaborar sus programaciones y Unidades Didácticas, qué materiales se emplean cuando imparten sus clases de la temática descrita (canciones, cuentos, fichas), cómo lograr captar la atención del niño, qué actividades son las que más les gustan.

También como adaptar esas actividades a los pequeños con necesidades educativas especiales, teniendo  en cuenta sus posibilidades y limitaciones, integrándolos con el resto del grupo.
Todos esto repercutirá en un conocimiento de la materia  privilegiado para las clases  que impartan los futuros profesores en la enseñanza de Educación Vial.

http://andaluciainformacion.es/campo-de-gibraltar/309845/alumnos-de-magisterio-reciben-una-ponencia-sobre-educacion-vial/

La DGT contempla subir la edad para conducir algún día, pero no ahora

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La directora general de Tráfico, María Seguí, ha recogido el guante de estudiar un incremento de la edad para empezar a conducir o la implantación de un sistema gradual para que los jóvenes se incorporen de forma escalonada a la conducción, pero ha dejado claro que eso no es prioritario en este momento.

Seguí ha asistido a la presentación del libro Mortalidad de jóvenes en accidentes de tráfico, de Julio Laria del Vals y editado por la Fundación Mapfre, en un acto en el que la máxima responsable de la DGT ha recordado que los accidentes de circulación son la primera causa de muerte entre los jóvenes.

Tras el acto, seguí ha señalado a los periodistas que el debate sobre la edad de inicio para conducir es ya antiguo y «sería absurdo no tenerlo» en la DGT, pero «no ahora» porque esa no es la prioridad. Sin embargo, en el acto, y tras la intervención del autor del libro, Seguí se ha mostrado abierta a estudiar este asunto, así como todo lo relacionado con mejorar la formación de los jóvenes conductores para reducir sus tasas de siniestralidad.

Precisamente, esos altos índices de accidentalidad en el colectivo más joven ha llevado al autor del estudio a calificarlo como un problema de salud pública, que, pese a lo que se cree, aumentará a medida que muchos países se vayan incorporando al desarrollo económico.

Aunque los jóvenes están cada vez más concienciados, las tasas de fallecidos en siniestros de tráfico son superiores que en el resto de los ciudadanos. En concreto, según los datos aportados por Laria, el índice en los jóvenes alcanza los 55 fallecidos por cada millón de habitantes frente a los 45 de la media nacional.

De todos modos, la siniestralidad desciende entre la población más joven y, así, en 2012, un total de 145 jóvenes perdieron la vida en accidente, un 25 por ciento menos que el año anterior. Laria ha desgranado algunas de las medidas para reducir la siniestralidad y, en este sentido, ha asegurado que «empujar a retrasar la incorporación al mundo del tráfico», es decir, la edad, redundaría en una disminución de los accidentes, así como el incremento de la edad para consumir alcohol.

El autor del informe ha destacado como otra medida la «conducción gradual», un sistema que permitiría a los jóvenes incorporarse de manera escalonada a la conducción, con algunas limitaciones, como determinados horarios en los que no deben conducir o hacerlo acompañados por un conductor experto.

Con esta propuesta, según Laria, el conductor mejoraría sus habilidades al volante, ganaría experiencia en condiciones de máxima seguridad y evitaría accidentes con la ayuda de determinados elementos tecnológicos. Entre ellos, ha citado los avisa-cinturones, tarjetas inteligentes, sistemas de ayuda a la frenada de emergencia y sistemas de control de crucero, entre otros.

Según el estudio, los viernes son los días que más desplazamientos efectúan los jóvenes (el 16 por ciento del total semanal), seguido de los sábados (15 por ciento), y según se acerca el fin de semana se incrementa la velocidad, la distancia recorrida, la duración y el número de los trayectos, además de la potencia de los vehículos que utilizan.

La edad de los conductores jóvenes disminuye el fin de semana, según señala el estudio, que además subraya que las mujeres son más seguras que los hombres.

El informe resalta algunas soluciones implantadas en otros países, sobre todo, anglosajones, entre ellas la conducción supervisada, la realización de clases prácticas durante el aprendizaje por la noche o con condiciones climáticas adversas o la prohibición de conducir desde las 23.00 horas hasta las 05.00 de la madrugada.

Frente a la práctica habitual, el autor del estudio avisa a los padres de que eviten que sus hijos conduzcan el coche «viejo», cuando se sacan el carné y destaca la conveniencia de acabar con la idea de que «el niño destroce el coche y luego le compramos uno nuevo».

http://www.lavanguardia.com/vida/20130520/54373686793/dgt-contempla-subir-edad-conducir-algun-dia-pero-no-ahora.html

 

El maltrato animal doméstico en el Código penal

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Nuestro Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal) regula el maltrato a animales domésticos en los art. 337, 631 y 632.2. Estos dos últimos establecen los tipos penales considerados por el legislador como faltas contra los intereses generales y el art. 337 se engloba dentro del capitulo  IV  «de los delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos».

Delito de maltrato animal tipificado en el art. 337 del Código Penal

«El que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente a un animal doméstico o amansado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud, será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales».Este precepto ha sido objeto de modificación tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Elimina el requisito de ensañamiento, que tanta problemática causó, ya que dejaba la mera conducta punitiva en una simple falta para el agresor; se trata de un paso más de cara a la protección de animales domésticos frente al maltrato animal, aunque todavía queda mucho camino para concienciar a la sociedad de que el azote al perro, gato… es una conducta prohibida en un mundo civilizado y moderno.El maltrato animal injustificado ha de entenderse como aquellos actos de violencia que causan al animal dolor o sufrimiento, encuadrando el precepto tanto la comisión por acción como por omisión. Es un delito de resultado material frente a la vida o salud del animal.

Faltas contra los intereses generales

Art. 631.1 del Código Penal

“Los dueños o encargados de la custodia de animales feroces o dañinos que los dejaren sueltos o en condiciones de causar mal serán castigados con la pena de multa de uno a dos meses”.Actualmente existen multitud de animales que conviven con el hombre, muchos de ellos revisten cierta peligrosidad, por lo que es necesario que estén custodiados por su propietario o la persona que ostente la posesión del animal. Ante todo se pretende evitar que causen daños hacia las personas dado su condición de peligrosidad; obsérvese el gran número de ataques de perros catalogados como peligrosos, tanto a personas, bienes, como a otros animales. El legislador, con la finalidad de evitar daños a terceros, elabora esta norma para que se sancione a las personas que custodian a estos animales en aquellos casos de crear ciertas situaciones de riesgos, como es el hecho de dejarlo suelto o en condiciones de causar un mal.Por otra parte, desde el punto de vista administrativo, también se crean normas que establecen los requisitos necesarios para la tenencia de estos animales, como es la Ley 50/1.999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de Animales Potencialmente Peligrosos.Como se desprende de la norma penal no es necesario que se produzca el mal, basta que se cree una situación de riesgo para que se pueda castigar al responsable, igualmente también se podrá sancionar en los casos de carecer de los requisitos establecidos en la Ley 50/1.999. En el supuesto de que el animal feroz cause un mal, es decir, se produzca un resultado lesivo por el hecho de dejarlo suelto o en condiciones de riesgo, habrá que valorar la gravedad de las lesiones para determinar si el responsable responde por la falta anteriormente descrita o por un delito, en el caso de que las lesiones revistiesen ese carácter.Finalmente habría que plantearse el supuesto de que el animal se escapase accidentalmente, por ejemplo, rompiendo una alambrada o la cadena de sujeción, en estos casos su cuidador no sería responsable penalmente, aunque si se ocasionan daños, habrá que estar a lo dispuesto en el art. 1905 del Código Civil.

Art. 631.2 del Código Penal

«Quienes abandonen a un animal doméstico en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad serán castigados con la pena de multa de 10 a 30 días».El tipo penal exige la concurrencia de dos elementos: el abandono y poner en peligro su vida o integridad, como son los casos de desamparo o no darle las atenciones que requieren todo animal doméstico. El legislador con este precepto pretende paliar los abandonos de animales domésticos. Se puede exigir responsabilidad civil en los caso de que el animal haya sufrido daños y sea necesario la intervención del veterinario clínico.

Art. 632.2 del Código Penal

«Los que maltrataren cruelmente a los animales domésticos o a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente sin incurrir en los supuestos previstos en el artículo 337 serán castigados con la pena de multa de 20 a 60 días o trabajos en beneficio de la comunidad de 20 a 30 días».El precepto, deficiente en su redacción, permite distinguir dos tipos penales:- El maltrato a animales domésticos en cualquier caso, es decir, con independencia si se maltrata en espectáculo público o no.- El maltrato a cualquier otro tipo de animal no doméstico, en espectáculo no autorizado; la finalidad del legislador es salvaguardar conductas de maltratos sí autorizadas como las corrida de toros; con lo que únicamente sería punible los supuestos de maltratos en aquellos casos de espectáculos públicos que no cuenten con las autorizaciones pertinentes.El bien jurídico protegido es la dignidad del animal como ser vivo. Se persigue una conducta que genere maltrato cruel hacia el animal; es una falta dolosa que implica conocimiento y voluntad del sujeto. El término «cruelmente» ha sido muy cuestionado debido a que, en ocasiones, la utilización del término impide la aplicación del tipo a supuestos de maltrato; en esos casos el juzgador absuelve por considerar que no se actuó de forma «cruel», con lo que sería muy importante que se determinase más ampliamente lo que debe entenderse con el término “cruel”. Por otro lado, se puede exigir responsabilidad civil, concretamente los gatos veterinarios necesarios para la cura de las lesiones sufridas por el animal.

Proponen que los conductores noveles vayan acompañados para evitar accidentes

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«Ninguna enfermedad mata a tantos jóvenes como los accidentes de tráfico». La frase de la directora de Tráfico, María Seguí, fue acompañada por estadísticas: los siniestros viales son la primera causa de muerte de personas de entre uno y 35 años. Lo recordó ayer durante la presentación del libro «Mortalidad de jóvenes en accidentes de tráfico», escrito por Julio Laria, director general del Instituto de Seguridad Vial de la Fundación Mapfre.

Proponen que los conductores noveles vayan acompañados para evitar accidentes

 

GOGO LOBATO

El informe recoge los datos de las cajas negras de 80 mil vehículos conducidos por jóvenes que accedieron voluntariamente a participar de la iniciativa. Se registraron, entre otras cosas, la velocidad, kilómetros recorridos y usos de acuerdo al día de la semana. «Los accidentes de tráfico son un tema de salud pública», aseguró Laria.

Para revertir el problema, el autor del estudio recomienda la«conducción gradual», un sistema que permitiría a los jóvenes incorporarse al tráfico de manera escalonada. La idea es que se establezcan ciertas limitaciones para los principiantes: determinados horarios en los que no deben conducir o hacerlo acompañados por un conductor experto.

Además, sugiere cambiar los procesos de formación para que no sólo se practique en condiciones ideales sino también en otros contextos más adversos como con lluvia o de noche. El experto también propone soluciones tecnológicas que podrían contribuir a reducir las cifras de mortalidad como los dispositivos GPS, que aportan información sobre los kilómetros recorridos y las velocidades medias, así como un servicio de asistencia automática en caso de accidente.

http://www.abc.es/sociedad/20130521/abci-proponen-conduccion-gradual-para-201305201945.html

Derecho Penal como instrumento de control social (Javier García de Tiedra González)

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El Derecho Penal es una ciencia social y muy vinculada a la sociedad de cada momento. Es una ciencia valorativa que nos tiene que hacer mantener una visión crítica. El Derecho Penal es un instrumento de control social. Existen diversos límites de control social que se imponen mediante norma social y jurídica aceptadas y que, en caso de incumplimiento de las normas, se responde con una sanción penal o jurídica. A veces, la sanción es de la propia sociedad y otra veces es jurídica, es decir, están en el ordenamiento jurídico. En los conflictos más graves interviene el Derecho Penal para evitar que esos conflictos sociales se produzcan o se reproduzcan o que la solución del conflicto quede en manos de los particulares (justicia privada, venganza). Esto es el sentido último que tiene el Derecho Penal.

Desde una perspectiva sociológica, el Derecho Penal es un instrumento de control social a través del cual el Estado intenta encauzar los comportamientos individuales en la vida social procurando que los componentes del grupo asuman sus modelos de conducta que encierran las normas. Esto es la socialización. El Derecho Penal hace que actuemos dentro de unos parámetros que son las normas. Lo hace mediante el procedimiento de intimidar con penas la realización de ciertos hechos intolerables que son los delitos. Los delitos son conductas que ponen en peligro o lesionan bienes fundamentales para la convivencia social.

El Derecho Penal es un instrumento de control social necesario porque la convivencia social sería muy difícil sino existiera el Derecho Penal. El Derecho Penal se basa en la necesidad de su intervención. A veces esa necesidad de intervención penal es real y otra veces es ficticia. Unas veces es una intervención simbólica y otra real. El Derecho Penal es un medio para proteger a la sociedad, siendo esta una intervención real. Los efectos positivos que justifican el Derecho Penal en determinados casos como es en la protección de la vida, la libertad sexual… El Derecho Penal no es necesario para todo. Debe además adecuarse a la realidad social actual.

El Derecho Penal se caracteriza por dos notas fundamentales:

− Es un instrumento de control social primario. Queremos decir que el Derecho Penal pretende conseguir sus fines mediante el procedimiento de amenazar con sanciones penales la realización de conductas prohibidas. Recurre a la amenaza para conseguir sus fines (por ejemplo, el 234 CP). El Derecho Penal también establece mandatos de acción (por ejemplo, el 195 CP). Los secundarios también persiguen la socialización usando otras medidas para conseguir el fin. No acuden a la amenaza de la pena. Solo el Derecho Penal acude a la amenaza de la pena.

− Es un instrumento de control social formalizado. La aplicación práctica del Derecho Penal tiene que estar rodeada de garantías que la conviertan en una actividad segura, previsible y controlable. Es el sometimiento al derecho de toda la actividad penal (ejemplo 520 Ley de Enjuiciamiento Criminal). Como es inevitable el control social de los individuos a través del Derecho Penal para los casos más graves el recurso al Derecho Penal en estos casos es razonable que este tipo de control los lleve a cabo el Estado de una forma garantística para evitar que la solución quede entre particulares. Con el Derecho Penal como instrumento de control social formalizado se trata de garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales y controlar el poder coactivo del Estado.

El fin de la pena es evitar que se cometan delitos, pero esa función ha fracasado diariamente. Todos los días se cometen delitos, hay elevado índice de reincidencia… En la actualidad el Derecho Penal cumple varias funciones donde destaca la idea de que es un instrumento de control social, sirve para disciplinar a los individuos, mantener la dominación política actual y estabilizar el sistema.

Desde el punto de vista jurídico, para llevar a cabo esa función de control social, el Derecho Penal se articula como un sistema normativo que describe el delito como presupuesto y lo combina con una pena con consecuencias jurídicas. El Derecho Penal se compone de normas que establecen delitos y pena y, además, de reglas que determinan las condiciones en las que se aplican las normas penales (por ejemplo, el 147 CE. El 66 CP es una disposición incluida, regla que tienen que cumplir los jueces).

http://www.infoderechopenal.es/2013/05/derecho-penal-control-social.html#more

La Resiliencia aplicada en la Criminología

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José Monaza F

Abogado.

La resiliencia, es la capacidad que posee un individuo frente a las adversidades, para mantenerse en pie de lucha, con dosis de perseverancia, tenacidad, actitud positiva y acciones, que permiten avanzar en contra de la corriente y superarlas. (Kotliarenco, María Angélica y Cáceres, Irma. 2011).

Este término perteneciente a la psicología Positiva, ha evolucionando su aplicación en las ciencias sociales, en especial en el área de criminología, dado que este tiene como sus principales esencias de estudios el control social, la delincuencia, el delincuente y la victima; y la resiliencia sería una herramienta muy útil para la…

ARTÍCULO COMPLETO AQUÍ:

http://www.aporrea.org/actualidad/a166243.html

Vélez quiere adquirir la antigua oficina de correos para ampliar la jefatura de la Policía Local. Vélez-Málaga

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El equipo de gobierno del PP en el Ayuntamiento de Vélez se ha marcado un nuevo objetivo para lo que resta de legislatura. Se trata de la adquisición de la antigua oficina de Correos de Capuchinos con la finalidad de ampliar las actuales dependencias de la Jefatura de la Policía Local, situada en las proximidades. Al menos, así lo ha confirmado el alcalde y responsable de la Policía Local en el municipio, Francisco Delgado, que dijo que la idea del ejecutivo es poder trasladar a este inmueble, que se conecta por la parte posterior con el actual arresto municipal, todos los servicios administrativos policiales, desde testados, movilidad y plana mayor a la nueva sala de transmisiones, en la que irán también los monitores del sistema de videovigilancia que el Consistorio proyecta instalar en la zona antigua de la ciudad a través del Plan Urban.

Vélez quiere adquirir la antigua oficina de correos para ampliar la jefatura de la Policía Local

El edificio de Correos está ubicado en la plaza de Capuchinos

El alcalde ha señelado que de momento se trata de una posibilidad que se está valorando por el equipo de gobierno, pero que podría facilitar el proyecto de construcción de una aparcamiento utilizando parte del espacio con el que hoy cuenta la jefatura policial. «Trasladar al antiguo edificio de Correos facilitaría la realización del proyecto del aparcamiento, parte del cual sería utilizado por el parque móvil tanto de la policía como del resto de los servicios municipales», ha manifestado Delgado.

«En estos momento estamos valorando el coste de la actuación, para lo cual ya hemos mantenido una primara toma de contacto con Correos, que abandonó hace algunos años la zona por los problemas de movilidad que presentaba la zona destinada a la antigua Caja Postal», ha señalado el alcalde.

Según el edil veleño, la zona que interesa al Ayuntamiento tiene sótano y planta baja y lo más importante de todo es que se podría conectar con el arresto municipal.

Aunque el anterior gobierno tripartido, formado por PSOE, IU y GIPMTM, tenía reservada una pastilla de suelo en una zona próxima al Camino de Torrox para la construcción de una nueva jefatura policial, el proyecto fue paralizado por el nuevo ejecutivo del PP.

http://www.diariosur.es/20130521/local/axarquia/velez-quiere-adquirir-antigua-201305210837.html

Las ITV inspeccionarán los sistemas electrónicos de los vehículos

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Las ITV revisarán de forma exhaustiva componentes electrónicos de nuestros coches como los encargados de hacer funcionar el ABS o los airbags. Esta es la conclusión a la que se ha llegado en el congreso internacional de entidades relacionadas con la Inspección Técnica de Vehículos.

Las ITV inspeccionarán los sistemas electrónicos de los vehículos

Te damos consejos para pasar la ITV

ARTÍCULO COMPLETO AQUÍ:

http://www.autocasion.com/actualidad/noticias/131589/las-itv-espanolas-inspeccionaran-los-sistemas-electronicos-de-los-vehiculos/